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Autorización de instalaciones de distribución de energía eléctrica de baja tensión promovidas por empresas distribuidoras

 

Tras la modificación mediante el Decreto 66/2016, de 24 de mayo, del Decreto 49/2004, de 20 de abril, por el que se regula el procedimiento para la instalación y puesta en funcionamiento de Establecimientos Industriales, se publicó la Resolución de 1 de junio de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se dio publicidad a la relación de establecimientos, instalaciones y productos incluidos en el Grupo II definido por el Decreto 49/2004, de 20 de abril, modificado por el Decreto 66/2016 (DOE Nº 109 de 8-6-2016), relación que fue posteriormente actualizada mediante Resolución de 6 de marzo de 2018, de la misma Dirección General (DOE Nº 64 de 3-4-2018).

Ambas resoluciones, en el apartado 1.2, relacionan las actividades para las que se exige el otorgamiento de autorización administrativa previa para la instalación, ampliación y traslado de los establecimientos e instalaciones afectos al cumplimiento de exigencias en materia de seguridad industrial, constituyendo el denominado Grupo I definido en el decreto antes citado, estando dentro de dicho grupo la actividad de distribución de electricidad, en el que se incluyen las instalaciones de distribución de energía eléctrica en baja tensión promovidas por las empresas distribuidoras.

En esta página se recoge la circular en la que se definen los trámites que se deben realizar para la autorización de dichas instalaciones de distribución en baja tensión, así como el modelo de solicitud a utilizar por las empresas distribuidoras y las instrucciones para rellenar la misma.

 

Circular:

 

 Modelo de solicitud e instrucciones para rellenarla: