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INSTALACIONES NO DESTINADAS A AUTOCONSUMO (Vertido Directo y Generación Aisladas).

  • Instalaciones de generación de energía eléctrica en baja tensión, con potencia instalada igual o inferior a 100 kW, destinadas a la producción de electricidad para la venta de toda la energía generada, mediante vertido directo a la red de distribución pública (en adelante instalaciones de producción).
  • Instalaciones de generación de energía eléctrica en baja tensión aisladas, de cualquier potencia, sin conexión eléctrica alguna con la red de distribución pública (en adelante instalaciones de generación aisladas).