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PROGRAMA PREE 5000: ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES EN MUNICIPIOS DE RETO DEMOGRÁFICO DL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EN EXTREMADURA.

Mediante el Decreto 125/2022, de 5 de octubre (DOE nº 213, de 7 de noviembre), se han aprobado las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) y la ÚNICA CONVOCATORIA, de conformidad con el Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas (BOE n185, de 4 de agosto de 2021).

Listado de municipios de reto demográfico aquí.

Legislación:

Actuaciones subvencionables:

Las actuaciones, en función de su alcance, se encuadrarán en alguna de las siguientes opciones:

-Opción A: Incentivos destinados a intervenciones en edificios completos existentes.

-Opción B: Incentivos destinados a intervenciones sobre uno o varios locales del mismo edificio, considerados individualmente o sobre partes de un edificio existente. 

En cada opción, las actuaciones quedarán encuadradas en una o varias de las siguientes tipologías:

a) Tipología actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

b) Tipología actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

- Subtipología 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.

- Subtipología 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica. 

- Subtipología 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

- Subtipología 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías 2.1. a 2.3.

- Subtipología 2.5. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

c) Tipología actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 

Más información aquí

Cuantía de la ayuda

La cuantía de la ayuda será la suma de la ayuda base y la ayuda adicional que pudiera corresponder.

1. Ayuda base

a) Para tipología de actuación 1 (intervenciones en edificios completos)

- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica: 50%.

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas: 40%.

- Mejora de la eficiencia térmica de las instalaciones de iluminación: 20%.

b) Para tipología de actuación 2 (intervenciones en parte de edificación)

- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica: 40%.

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas: 30%.

- Mejora de la eficiencia térmica de las instalaciones de iluminación: 20%.

2. Ayuda adicional

a) Por criterio de eficiencia energética:

- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Si se consigue una calificación final A: 10% si es calificación B: 5% o si es un incremento de 2 o más letras: 5%

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas. Si se consigue una calificación final A: 10% si es calificación B: 5%.

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. Si se consigue una calificación final A: 10% si es calificación B: 5%.

b) Por criterio de actuación integrada (porcentaje sobre coste elegible): 

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas:

- Sustitución de energía convencional por energía solar térmica: 20%

- Sustitución de energía convencional por biomas en las instalaciones térmicas: 15%

- Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías 2.1 a 2.3: 5%

- Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas: 5%

- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación: 5%. 

En cualquier caso, los destinatarios de las ayudas independientemente de su forma jurídica, que desarrollen actividad económica, comercial o mercantil, les será de aplicación la normativa de ayudas de estado, para la realización de inversiones destinadas a medidas de eficiencia energética y para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables, y estarán sometidas a los requisitos y límites establecidos en los artículos 38, y 41 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta actuación:

- Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de los edificios.

- Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.

- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.

- Las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos.

- Municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones provinciales.

- Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Presentación de Solicitudes: 

Las solicitudes de ayuda se presentarán telemáticamente (por internet) utilizando el trámite CIP 6099 de la sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es).

Consulte el manual de instrucciones para la presentación telemática de solicitudes de ayuda aquí.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda: desde el 8 de noviembre de 2022 hasta la conclusión de la vigencia del programa que se producirá el 31 de julio de 2024 o hasta el agotamiento de los fondos. 

Modelo de documento:

Preguntas frecuentes Programa PREE 5000:

Manual de instrucciones:

Contactos:

Estas ayudas están financiadas con fondos transferidos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, adscrito a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).