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PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO

 

PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EUROPEO.

Mediante el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre de 2021 (DOE nº 16, de 25 de enero), se han aprobado las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura y la ÚNICA CONVOCATORIA, de conformidad con el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 155, de 30 de junio de 2021.

Con posterioridad, las bases estatales han sido modificadas por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021. Ello implica la necesidad de modificar las bases autonómicas, con la finalidad de incluir las modificaciones realizadas en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, relativas a la aplicación del régimen jurídico del sistema y gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ampliación de los beneficiarios, la determinación de las cuantía de ayudas y otros aspectos técnicos y de justificación puntuales de las bases reguladoras a aplicar. 

Esta modificación de las bases autonómicas se ha llevado mediante el Decreto 54/2023, de 17 de mayo de 2023 (DOE nº 118, de 21 de junio). 

Legislación:

Actuaciones subvencionables:

Serán actuaciones subvencionables aquellas que cumplan con los requisitos específicos que se establecen en el Anexo I del Decreto 145/2021, modificado por el Decreto 54/2023, de conformidad con el Anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, que queden ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que se corresponden con alguno de los programas de incentivos que se relacionan a continuación:

a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Beneficiarios:

En el anexo I del Decreto 145/2021, modificado por el Decreto 54/2023, de conformidad con el anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se concretarán los beneficiarios y que requisitos que deberán cumplir los mismos para cada programa de incentivos.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayuda se presentarán exclusivamente de forma telemática (por internet) utilizando el trámite CIP 6039 de la sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es). Toda solicitud que no sea presentada de esta manera no será válida.

Consulte el manual de instrucciones para la presentación telemática de solicitudes de ayuda aquí.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será desde las 13:00 horas del miércoles 26 de enero de 2022 hasta la conclusión de la vigencia del programa que se producirá el 31 de diciembre de 2023, o hasta el agotamiento de los fondos.

Anexos rellenables:

Anexos nuevos rellenables:

Modelos WORD de declaraciones responsables:

Cartelería: (NUEVO)

 

Preguntas frecuentes:

Documentos de ayuda:

Herramientas de ayuda:

Los datos obtenidos con el uso de estas herramientas tienen carácter meramente informativo, sin que en ningún caso pueda derivarse efecto jurídico vinculante alguno con esta Administración.

Con la finalidad de facilitar la presentación de solicitudes acogidas al Decreto 145/2021 de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, se han desarrollado dos herramientas de ayuda:

1.Herramienta de ayuda para saber a qué programa me puedo acoger y la subvención que me correspondería:

Enlace de descarga Herramienta 1

2.Herramienta de ayuda para saber la documentación que tengo que adjuntar en el formulario de solicitud:

Enlace de descarga Herramienta 2

Presentaciones y vídeo de la jornada informativa sobre tramitación electrónica de solicitudes de ayuda

Contactos: