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PROGRAMA MOVES III: ACTUACIONES DE APOYO A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EUROPEO.

Mediante el Decreto 124/2021, de 27 de octubre de 2021 (DOE nº 232, de 2 de diciembre), se han aprobado las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura y la ÚNICA CONVOCATORIA, de conformidad con el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE número 89, de 14 de abril de 2021).

Legislación:

Actuaciones subvencionables:

  • Programa de incentivos 1: Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos. Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.

Los vehículos nuevos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de Vehículos del IDAE, (https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III), deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes: M1, N1, L3e, L4e, L5e, L6e o L7e, y estar matriculados en Extremadura.

         Beneficiarios:

  • Las personas físicas que desarrollen actividades económicas en Extremadura.
  • Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, empadronadas en Extremadura.
  • Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J o W, y que ejerzan actividad en Extremadura. 
  • Los municipios, entidades locales menores, mancomunidades, y diputaciones.
  • Las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del estado que realice su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura.
  • La Universidad de Extremadura.
  • Programa de incentivos 2: Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Beneficiarios:

  • Las personas físicas que desarrollen actividades económicas en Extremadura.
  • Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, empadronadas en Extremadura.
  • Las comunidades de propietarios de la comunidad autónoma de Extremadura, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.
  • Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J o W, y que ejerzan actividad en Extremadura. 
  • Los municipios, entidades locales menores, mancomunidades, y diputaciones.
  • Las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del estado que realice su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura.
  • La Universidad de Extremadura.

Presentación de solicitudes: ¡NUEVO!

En aplicación de la Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto- ley 9/2024 de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social (BOE del 23 de enero de 2025),  se ha procedido al cierre del Procedimiento de Presentación de Solicitudes del Programa de Ayudas para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (MOVES III) en la sede electrónica de la Junta.

Las solicitudes de ayuda se presentarán telemáticamente (por internet) utilizando el trámite CIP 6033 de la sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es).

Consulte el manual de instrucciones para la presentación telemática de solicitudes de ayuda aquí.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda: desde el 3 de diciembre de 2021 hasta la conclusión de la vigencia del programa que se producirá el 30 de junio de 2025 o hasta el agotamiento de los fondos.

Modelos de documentos:

Preguntas frecuentes Programa MOVES III:

Manual de instrucciones y Geolocalización de estaciones de recarga:

Presentaciones y vídeo de la jornada informativa sobre tramitación electrónica de solicitudes de ayuda:

Contactos: