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PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y AL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA EUROPEO.

Mediante el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre de 2021 (DOE nº 16, de 25 de enero), se aprobaron las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura y la ÚNICA CONVOCATORIA, de conformidad con el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 155, de 30 de junio de 2021.
 
Estas bases fueron modificadas por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021. Ello implicó  la necesidad de modificar las bases autonómicas mediante el Decreto 54/2023, de 17 de mayo de 2023 (DOE nº 118, de 21 de junio), con la finalidad de incluir las modificaciones realizadas por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, relativas a la aplicación del régimen jurídico del sistema y gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la ampliación de los beneficiarios, la determinación de las cuantía de ayudas y otros aspectos técnicos y de justificación puntuales de las bases reguladoras a aplicar.
 
Con posterioridad, se modifica el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, mediante el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
 
Esta modificación ha conllevado la actualización de las bases autonómicas mediante el Decreto 46/2024, de 28 de mayo, por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre (DOE nº 107, de 4 de junio).

Legislación:

Actuaciones subvencionables:

Serán actuaciones subvencionables aquellas que cumplan con los requisitos específicos que se establecen en el Anexo I del Decreto 145/2021, modificado por el Decreto 54/2023, de conformidad con el Anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, que queden ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que se corresponden con alguno de los programas de incentivos que se relacionan a continuación:

a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Beneficiarios:

En el anexo I del Decreto 145/2021, modificado por el Decreto 54/2023 y el Decreto 46/2024, de conformidad con el anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se concretarán los beneficiarios y que requisitos que deberán cumplir los mismos para cada programa de incentivos.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayuda se presentarán exclusivamente de forma telemática(por internet) utilizando el trámite CIP 6039 de la sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es). Toda solicitud que no sea presentada de esta manera no será válida.

Consulte el manual de instrucciones para la presentación telemática de solicitudes de ayuda aquí.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será desde las 13:00 horas del miércoles 26 de enero de 2022 hasta la conclusión de la vigencia del programa que se producirá el 31 de diciembre de 2023, o hasta el agotamiento de los fondos.

Justificación de la ayuda por módulos.(NUEVO)

Sólo para actuaciones incluidas en los programas 4, 5 y 6, para proyectos con in incentivo concedido inferior a 50.000 euros, y siempre que los beneficiarios sean personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que se ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

Junto al Anexo VI de solicitud de liquidación y pago de la ayuda, deberá aportar los siguientes documentos:


•    Memoria Económica-Actuación Justificativa (obligatoria).                       
•    Informe Técnico Abreviado P4-P5 (según programa).              
•    Informe Técnico Abreviado P6 (según programa).

A la documentación anterior deberá acompañar las declaraciones responsables específicas asociadas a la financiación con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), referentes a:


Anexo XII: Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
D.R. del solicitante de cesión de derechos para la lucha contra el fraude.
-  Para los programas de incentivos P4 y P5, la autorización de explotación o acta de puesta en servicio, cuando sea preceptiva, y Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), emitido por la empresa instaladora y diligenciado por el órgano competente de la comunidad autónoma. Esta documentación se presentará en caso de haber manifestado el beneficiario su oposición en el apartado correspondiente del anexo VI relativo a la solicitud de liquidación y pago, a que el órgano gestor la recabe de oficio.
-    Para el programa de incentivo 6, el Certificado de la instalación térmica, suscrito por el instalador habilitado y el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, registrado por el órgano competente de la comunidad autónoma de acuerdo con el RITE. Esta documentación se presentará en caso de haber manifestado el beneficiario su oposición en el apartado correspondiente del anexo VI relativo a la solicitud de liquidación y pago, a que el órgano gestor la recabe de oficio.

Se recuerda que toda la documentación acreditativa deberá conservarse por parte de la persona beneficiaria, en los términos establecidos en el Anexo XIII.

Anexos rellenables:

Anexos nuevos rellenables:

Modelos WORD de declaraciones responsables:

Cartelería: (NUEVO)

 

Preguntas frecuentes:

Documentos de ayuda:

Herramientas de ayuda:

Los datos obtenidos con el uso de estas herramientas tienen carácter meramente informativo, sin que en ningún caso pueda derivarse efecto jurídico vinculante alguno con esta Administración.

Con la finalidad de facilitar la presentación de solicitudes acogidas al Decreto 145/2021 de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, se han desarrollado dos herramientas de ayuda:

1.Herramienta de ayuda para saber a qué programa me puedo acoger y la subvención que me correspondería:

Enlace de descarga Herramienta 1

2.Herramienta de ayuda para saber la documentación que tengo que adjuntar en el formulario de solicitud:

Enlace de descarga Herramienta 2

Presentaciones y vídeo de la jornada informativa sobre tramitación electrónica de solicitudes de ayuda

Contactos: